El coste de emplear semilla certificada apenas supone cuatro euros más por hectárea

El agricultor que siembre semilla certificada apenas pagará cuatro euros más por hectárea que si se inclina por acondicionar su propio grano.

La clave de que exista esa mínima diferencia reside en la dosis de siembra necesaria, que se sitúa en 200 kilos por hectárea en el caso de la semilla certificada, frente a los 240 kilos del grano acondicionado.

Teniendo en cuenta ese dato, se puede considerar que el agricultor deberá pagar 70 euros por hectárea por la semilla certificada, frente a los 55 euros del grano acondicionado.

En este segundo caso, a esa cantidad se le deben añadir siete euros por hectárea en calidad de selección del grano, más otros dos euros por el tratamiento fungicida.

Un último gasto para el grano acondicionado sería de dos euros por hectárea para el almacenamiento y transporte, con lo que la cantidad total de gasto es de 66 euros por hectárea, solo cuatro por debajo de lo que supone la semilla certificada.

 

Ocho cosas que no puedes olvidar de la semilla certificada

  1. ¿Qué es? Es la que se obtiene después de un proceso legalizado de producción y multiplicación de semilla y está sujeto a un doble control, el de la empresa productora y el del organismo autonómico competente en cada comunidad autónoma. Este doble control garantiza la mayor calidad de este insumo tan relevante. La Administración certifica que la semilla cumple con los requisitos de calidad que recoge la normativa, quedando identificada esta semilla con la presencia de una etiqueta oficial. Por este motivo se denomina semilla ‘certificada’.
  2. Garantiza una mayor producción. Emplear semilla certificada permite obtener mayores rendimientos por hectárea, al mismo tiempo que un mayor peso específico.
  3. Exige una menor dosis de siembra. La alta calidad de esta semilla garantiza la germinación; las semillas están seleccionadas y tratadas para garantizar una buena implantación del cultivo.
  4. Reduce la presencia de malas hierbas. Al adquirir semilla certificada se evita la presencia de otras especies vegetales. La consiguiente reducción de malas hierbas se traduce en unos mayores rendimientos por hectárea y una reducción del coste en tratamientos para el control de malas hierbas.
  5. Mayor resistencia a plagas y enfermedades. La semilla certificada lleva incorporada las materias activas fitosanitarias más eficaces y eficientes, en las dosis adecuadas, fruto de un intenso proceso de investigación e innovación. Sus cualidades permiten que la futura planta resista mejor la presencia de plagas y enfermedades, lo que beneficia la cantidad y calidad de nuestra cosecha.
  6. Trazabilidad y pureza varietal aseguradas. La semilla certificada permite responder mejor a las demandas de una industria cada día más exigente.
  7. Posibilita la inversión en investigación. Al adquirir semilla certificada estamos contribuyendo a financiar la investigación de nuevas variedades. También cuando satisfacemos el pago de la contribución por reempleo de grano propio para siembra.
  8. Mejora el medio ambiente. Emplear semilla certificada mejora el medio ambiente ya que los cultivos requerirán menos tratamientos frente a problemas sanitarios. También gracias a poder disponer de variedades adaptadas a cada zona como consecuencia de apoyar la mejora e innovación varietal.

El pequeño agricultor está exento de pagar la contribución económica por reempleo de grano

El agricultor que siembre cereal, leguminosa o proteaginosa y opte por reemplear grano propio puede estar exento de pagar la ‘contribución por reempleo’ que esta práctica implica con carácter general.

El Convenio Marco de Colaboración sobre reempleo de granos para siembra suscrito por GESLIVE, Asaja, UPA y Cooperativas Agroalimentarias de España establece el nivel de remuneración a satisfacer por el reempleo de granos para siembra, así como las la información necesaria para que el agricultor pueda acogerse a la excepción del pequeño agricultor.

Para delimitar qué agricultor puede ser considerado como “pequeño agricultor” a los efectos de este Convenio Marco, y por ello exento del pago de la remuneración aplicable por reempleo de grano, el Convenio fija una superficie máxima (hectáreas) de tierra arable, determinada en función de los rendimientos medios comarcales en que se ubique la explotación, que no se debe exceder.

De este modo, se establecen cuatro tipos de explotaciones o zonas:

Zona A
Secano de rendimientos medios comarcales menores o igual a 2.200 kilos por hectárea: 60 hectáreas de tierra arable declaradas en la PAC.

Zona B
Secano de rendimientos medios comarcales entre 2.200 y 3.200 kilos por hectárea: 40 hectáreas de tierra arable declaradas en la PAC.

Zona C
Secano de rendimientos medios comarcales de 3.200 kilos o más por hectárea: 20 hectáreas de tierra arable declaradas en la PAC.

Zona D
Regadío: 10 hectáreas de tierra arable declaradas en la PAC.

En el caso de que la explotación de un agricultor se halle situada en comarcas con diferentes rendimientos medios, se aplica un índice de ponderación, que es de valor 1 en la superficie A, de 1,5 en la superficie B, de 3 en la superficie C y de 6 en la superficie D.

El Convenio Marco establece que corresponderá al agricultor la obligación de demostrar, bien mediante la solicitud de la PAC o de cualquier otro documento que así lo acredite, el cumplimiento de los requisitos establecidos para su consideración como ‘pequeño agricultor’ a estos efectos.